Reincorporación personal de riesgo
Desde el pasado lunes 25 de mayo, en que se entró en la Fase 1 de desescalada, la empresa amparándose en la orden SND/399/2020 publicada en el BOE en fecha 9 de mayo, ha empezado a notificar a compañeros que se encontraban en casa que tienen que reincorporarse a su puesto de trabajo. En principio, el criterio es que los menores de 60 años que tengan una única patología y esté controlada con tratamiento médico, los mayores de 60 años sin ninguna patología y las gestantes o lactantes que estén realizando teletrabajo, son quienes deberían haberse reincorporado el día 25.
Quienes están realizando teletrabajo se mantendrán en esa situación hasta que el Servicio de Prevención les indique lo contrario.
El resto de compañeros que no tengan que reincorporarse en esta Fase 1, deberán hacerlo en la Fase 2, en virtud de la orden NSD/414/2020, publicada en el BOE el 16 de mayo, siempre que su condición clínica esté controlada y así lo permita, manteniendo rigurosas medidas de protección, y previa comunicación personal al inicio de la Fase 2.
Todo aquel que en Fase 2 no se pueda reincorporar a su puesto de trabajo recibirá un informe del Servicio de Prevención que deberá hacer llegar a su médico de cabecera para obtener la baja. Es decir, cuando entremos en la fase 2 todo el personal vulnerable ya deberá estar trabajando, o bien de baja médica por la seguridad social, en ningún caso se continuará de permiso retribuido a cargo de la empresa.
Finalmente, recordamos que, si a fecha de hoy hay algún compañero que todavía no ha comunicado que está incluido en el grupo de personal de riesgo, deberá comunicarlo a la mayor brevedad al Servicio Médico de Sagrera.