Nuevo conflicto colectivo
Nos han de avisar con un mínimo de 5 días de antelación de nuestro horario de trabajo
Como paso previo, tal como establece el Convenio Colectivo, se le hace llegar a la Comisión Paritaria (los firmantes del Convenio Colectivo) para que en el plazo de 15 días se pronuncien.
El conflicto colectivo es para que se declare ilegal la práctica empresarial consistente en preavisar a los trabajadores de los colectivos afectados (conductores, mandos explotación) con una antelación inferior a los 5 días el horario y fechas de los periodos de trabajo resultantes por ser contrario a lo dispuesto en el art. 34.2 del Estatuto de los Trabajadores.
El paso de preaviso de 5 días viene establecido en beneficio de los trabajadores sujetos a jornada irregular.
En resumen, tendremos que saber con 5 días de antelación, y no menos, cual es nuestro servicio y horario.