DENUNCIA POR NO COMUNICAR NI EN TIEMPO

NI EN FORMA LA RETRIBUCIÓN VARIABLE

 

El pasado 2019 CGT denunció a inspección de Trabajo una serie de irregularidades en inspección de Trabajo, ya que tal como indica la doctrina jurisprudencial, se admite que se puede establecer un sistema de retribución variable por objetivos a determinar por la empresa, pero esos objetivos deben ser conocidos por los trabajadores afectados sin que sea posible su comunicación con posterioridad al transcurso del período de tiempo donde debieron lograrse.

Ésta circunstancia nos consta que sucede desde hace muchos años en TMB para los colectivos de clasificación salarial del 7 al 12 según Convenio Colectivo de Transports de Barcelona.

No se cumplen las premisas imprescindibles tales como comunicación en tiempo, forma, comunicación a la representación de los trabajadores, incumplimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que trata las Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.

Denunciamos que la validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

La doctrina jurisprudencial del tribunal Supremo dictamina que los objetivos deben ser conocidos por los trabajadores afectados sin que sea posible su comunicación con posterioridad al transcurso del período de tiempo donde debieron lograrse. Por estos motivos solicitamos  el 100% de abono para todos los colectivos afectados. En la citación con la inspectora ha quedado acreditado por los mismos responsables de la empresa que la motivación de la denuncia es totalmente cierta, sin poder justificar de ninguna manera esta mala praxis histórica en la empresa, mostrando descuido y conocimiento de las obligaciones de la empresa.