CGT denuncia a TB por la no correcta información de la retribución variable a sus empleados, demandado el 100%
EN BUSCA DEL ACTA PERDIDA
Señores, se acabó el mito muy interesado por algunas secciones sindicales y la dirección, CGT SI DEFIENDE A TODOS los trabajadores, si todos, el que tenga dudas que siga leyendo, pues hoy ha tocado defender a los trabajadores del nivel 7 al 12 de clasificación en convenio y todo aquel con situación análoga que se le retribuya con retribución variable vinculada a unos objetivos o indicadores.
Todo empezó ya hace algún tiempo atrás, una tarde oscura con un fuerte viento que ya pronosticaba tormenta. Así, convocados con urgencia a una reunión, pues corría el rumor de que las sanciones a los pasajeros de bus que los agentes de intervención y mandos al realizar tareas de inspección no cumplían la Ley de protección de datos.
Realmente era así pues en la parte trasera no había el texto adecuado a ley con la información correspondiente, posteriormente si se cambió. En la reunión se desprestigiaba tal realidad por parte de la jefatura, poniendo en riesgo a los trabajadores al no cumplir la ley en la recogida de datos y entrega posterior del comunicado de intervención, los trabajadores solamente reclamaban hacer bien su trabajo.
Sin poder convencer a los presentes por parte de la jefatura, accedió a la reunión el Director del Centro, la entrada me recordó la película del Padrino, donde el Sr. Corleone, infundía gran temor y se hacia el silencio a su paso, sí el director vilipendió al trabajador que sostenía con firmeza tan justa y clara demanda. El Director alegó que la dirección se tenía que adaptar a la nueva ley y que se debía conceder un margen para tal adaptación, pero al igual que David contra Goliat, se impuso la inteligencia delante la fuerza bruta, de otros tiempos donde quien manda manda y nadie se cuestiona nada, y en vez de callar y acatar las palabras del Director, un trabajador le explicó al Director de centro lo que ya debía haber sabido, pues hubo una moratoria de más de un año al respecto para que los responsables hicieran su faena, que evidentemente no hicieron a pesar de tener abultados salarios, y como en la película “el club de los poetas muertos”, alzaron la voz todos los presentes apoyando tal justa reivindicación, “oh Capitán mi capitán” y se exigió que CONSTARA EN EL ACTA de la reunión que el director daba instrucciones de seguir trabajando incumpliendo la ley por lo ya expuesto.
Evidentemente el ACTA se pidió en innumerables ocasiones y curiosamente, como en la película “La ley del silencio” nunca se facilitó, ¿para no exponer al Director? Solo el responsable de redactar el acta y difundirla lo sabrá, pero no cumplió su cometido, en cualquier caso.
¿Os preguntareis a que viene el tema del ACTA, el incumplimiento de la ley de protección de datos con la denuncia actual?
Bien sigamos, es tal la exigencia por parte de algunos que olvida a veces sus propias obligaciones, pues no se audita con demasiada frecuencia la parte alta de la pirámide de los trabajadores, si aquella que si audita constantemente la parte baja.
Pues la falta de comunicación en tiempo ni tan siquiera a través de Actas, o comunicados, firmados con recibí, que reflejen contenidos de reuniones e informaciones facilitadas a los trabajadores, con información clara y concisa que no dé lugar a dudas, nos lleva a denunciar que la retribución variable de los trabajadores de Transports de Barcelona, por dejadez, falta de conocimientos o incompetencia de algún responsable ha hecho que la retribución variable no se haya comunicado correctamente en tiempo y forma y ésta deba de ser pagada al 100%, tal y como indica la jurisprudencia y el propio Código Civil, - seguid leyendo ya queda menos.
Así para el que no lo sepa, el personal del convenio colectivo de la empresa comprendido entre los niveles 7 y 12 de su sistema de clasificación del personal dispone de un sistema de retribución variable. Esta retribución variable se divide en varias partes: una valoración del desempeño personal a valorar por sus responsables y otra que es referenciada a la consecución de unos objetivos disgregados en diferentes ítems del centro de trabajo al que se pertenece. En muchos casos los objetivos se asumen en grupo por una misma categoría profesional en cada centro de trabajo, así por ejemplo encontramos con la situación expuesta las categorías de “Caps de Pati”, “Tècnics Polivalents”, “Comandaments d’Explotació”, “Caps d’equip de mecànics” “Responsables taller” “RTOs”, “RCONs”, “CGOLs”.
Des de la sección sindical CGT no sabemos ni si tan siquiera la empresa ha comunicado a la representación legal de los trabajadores la ponderación de cada objetivo individual o colectivo a la hora de configurar el incentivo, así como el porcentaje de cumplimiento requerido para generar la retribución. No obstante, si conocemos que la empresa no fijaba claramente ni concretó los objetivos para el año 2018 ni 2019, con antelación al periodo a valorar la consecución de los diferentes ítems o indicadores, de igual modo para los años anteriores, sin que se pueda acreditar que los comunicara a los trabajadores en tiempo (antes del periodo a valorar), falta de concreción (concretar la totalidad de los ítems y objetivos a asumir de forma clara, transparente, y cómo hacerlo dependiendo únicamente del personal afectado y no factores alíenos o ajenos a ellos).
La representación sindical de la CGT demanda que solamente ya con el simple hecho de no comunicar con anterioridad los objetivos de el periodo a valorar a los trabajadores afectados referidos y otros con situación análoga, se les abone el 100% de la retribución variable referida para el año 2019, así como completar el pago al 100% para el año 2018, cobrado en febrero de 2019 y así completar el pago al 100% hasta el año 2009 (10 años).
La sección sindical de CGT efectúa esta denuncia a inspección de trabajo con el fin de restituir económicamente a los trabajadores afectados por lo expuesto y se dé un claro aviso a la nueva dirección, que no tiene culpa de la anterior mala gestión, ajustándose así a partir de este momento, en tiempo y forma la comunicación de los objetivos vinculados a la retribución variable para los del año 2020 y siguientes.
La sección sindical CGT no pretende judicializar esta denuncia por ser fácilmente analizable y demostrable, pues la carga probatoria de las comunicaciones en tiempo y forma las tiene que acreditar la empresa, que bien seguro no se atreverá a falsificarlas pues constituirían un delito penal fácilmente demostrable con el testimonio de más de 250 afectados como mínimo.
La sección sindical CGT tampoco desea que la empresa malverse fondos de dinero público en bufetes de abogados, a sabiendas de no haber procedido correctamente, esperando si, una rápida restitución económica a los trabajadores afectados.
Exponemos que hay suficiente doctrina jurisprudencial que admite poder establecer un sistema de retribución variable por objetivos a determinar por la empresa, pero esos objetivos deben ser conocidos por los trabajadores afectados, sin que sea posible su comunicación con posterioridad al transcurso del período de tiempo donde debieron lograrse.
Como no puede ser de otra manera invitamos a los otros sindicatos de la empresa con representación del personal afectado tales como ACAT, UGT, CCOO, SIT a sumarse a la denuncia no solo con palabras, sino con hechos. Solamente hay que ir a Inspección de Trabajo y ratificar la verdad lo que todos los afectados sabemos, o acaso el silencio les va a hacer cómplices de un directivo que no lo ha hecho bien, depurar esta situación ya es competencia de la nueva dirección. Sería triste ver mentir a delegados de empresa que representan a los trabajadores, ir en contra la verdad y sus propios compañeros del colectivo o trabajo.
¿Aparecerán ahora ACTAS por doquier?
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